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Su empleador no está obligado a ofrecer beneficios de salud. Sin embargo, los grandes empleadores que no ofrecen beneficios de salud a sus empleados de tiempo completo y a sus hijos dependientes pueden tener que pagar una multa fiscal. Los grandes empleadores no se enfrentan a una multa fiscal si no ofrecen beneficios de salud a los cónyuges de sus trabajadores.
Si su empleador no ofrece cobertura a su cónyuge o hijos, pueden solicitar cobertura en el mercado y, si los ingresos de su familia son de al menos 100% del nivel federal de pobreza, puede pedir un crédito fiscal para las primas que puede reducir el costo de la cobertura en el mercado.
Si su empleador ofrece beneficios de salud (que son asequibles y que alcanzan un valor mínimo) para usted, su cónyuge y sus hijos, aún puede optar por comprar cobertura a través del mercado, pero su familia no será elegible para los créditos fiscales para ayudar a pagar las primas.