Lo básico del mercado de seguros

¿Ser lesbiana, gay, bisexual o transgénero (LGBT) afecta mi cobertura y opciones de seguro médico? ¿Qué pasa si estoy casado con mi pareja del mismo sexo?

Published: Sep 29, 2025

No se le puede rechazar ni cobrar más por ser lesbiana, gay, bisexual o transgénero. Tampoco se le puede negar la cobertura ni cobrarle más por una condición de salud preexistente, como su estatus serológico respecto al VIH.

Las aseguradoras no pueden establecer límites anuales ni de por vida sobre cuánto gastarán en su atención médica.

Además, los programas de salud que reciben fondos federales, como los planes del mercado de seguros, Medicaid y Medicare, entre otros, no pueden discriminar por motivos de sexo.

Cabe destacar, sin embargo, que el panorama legal está cambiando. Si bien la administración Trump ha dicho que interpretará estas protecciones contra la discriminación para cubrir únicamente las asignaciones binarias de sexo biológico al nacer, los tribunales pueden y han determinado que estas protecciones de la ACA se extienden para cubrir la orientación sexual y la identidad de género.

Las parejas del mismo sexo casadas pueden solicitar conjuntamente cobertura del mercado de seguros y subsidios para las primas. Estos créditos fiscales les ayudan a cubrir los costos de su plan de salud.

De hecho, las parejas casadas, incluidas las del mismo sexo, deben presentar una declaración de impuestos conjunta para acceder a estos créditos fiscales.

Si no están casados, pero viven en una unión de hecho, una unión civil u otra relación similar, aún podrían calificar para estos subsidios, pero deberán solicitarlos por separado, individualmente, en lugar de como pareja. Dependiendo del mercado de seguros de su estado, podrían usar sus créditos fiscales individuales para adquirir una póliza familiar en lugar de dos pólizas individuales.