Tengo bajos ingresos y actualmente estoy inscrita en una cobertura subsidiada del mercado de seguros. Acabo de enterarme de que estoy embarazada. Según las normas de mi estado, ahora soy elegible para Medicaid. ¿Tengo que cancelar mi cobertura del mercado e inscribirme en Medicaid? Si no lo hago, ¿tendré que devolver los subsidios?
En casi todos los estados, Medicaid relacionado con el embarazo ofrece los mismos beneficios (o similares) que Medicaid para otros adultos y, por lo tanto, se considera cobertura esencial mínima (MEC).
En general, las personas que son elegibles para otras MEC no son elegibles para subsidios anticipados para las primas (APTC).
Sin embargo, una norma especial permite a las personas que ya reciben APTC y que quedan embarazadas y son elegibles para Medicaid relacionado con el embarazo elegir si permanecen en su plan del mercado con APTC o se inscriben en Medicaid relacionado con el embarazo.
Por ejemplo, una persona podría elegir Medicaid relacionado con el embarazo porque no paga primas mensuales ni costos compartidos por los servicios cubiertos. Si decide inscribirse en Medicaid relacionado con el embarazo, en la mayoría de los estados, ya no será elegible para APTC mientras esté inscrita en Medicaid.
En todos los estados, cuando finalice su embarazo y el Medicaid relacionado con el embarazo, será elegible para un período de inscripción especial (SEP) para solicitar la cobertura del mercado y los APTC.
Si prefiere permanecer en su plan del mercado durante su embarazo, puede seguir recibiendo los APTC y no tendrá que devolverlos más adelante solo porque fue elegible para Medicaid relacionado con el embarazo.