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Cuando deje de trabajar y/o finalice su cobertura a través de su trabajo, debe inscribirse en la Parte A y la Parte B de Medicare. Si es elegible para la Parte A sin prima, puede inscribirse en cualquier momento después de ser elegible por primera vez. Su cobertura de la Parte A será retroactiva 6 meses desde el momento en que se inscriba (pero no antes del primer mes en el que fue elegible). Tiene un Período de inscripción especial (SEP) de 8 meses para inscribirse en la Parte B después de que finalice su empleo (y/o cobertura grupal) para evitar enfrentar una multa por inscripción tardía. Es posible que quiera inscribirse en la Parte B unos meses antes de que finalice su cobertura grupal para evitar una interrupción en la cobertura.